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¿Qué hacer ante un bloqueo de cuentas en un concurso sin masa?

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Contenido:

  1. ¿Qué es un concurso sin masa?
  2. ¿Pueden bloquearte tu cuenta corriente en el concurso sin masa?
  3. ¿Por qué hay casos en los que sí se producen los bloqueos? ¿Qué puede hacerse al respecto?

 

¿Te han bloqueado las cuentas estando en concurso y no sabes qué hacer? En este artículo analizaremos los supuestos en los que pueden bloquearte las cuentas según el TRLC y te enseñaremos cómo proceder si esto ocurre encontrándote en un concurso sin masa.

¿Qué es un concurso sin masa?

El concurso sin masa, regulado en el artículo 37 bis del TRLC, es un procedimiento especial que se te aplicará cuando hayas sido declarado en concurso por no poder hacer frente a tus deudas al encontrarte en estado de insolvencia y no cuentes con suficientes activos o bienes (también conocidos como «masa activa») que tengan valor de mercado. También nos encontraremos en este supuesto cuando tus bienes tengan una carga superior a su valor de mercado (un claro ejemplo de ello sería una casa cuyo valor asciende a 100.000.-€ pero que hipoteca pendiente de pago de 120.000.-€).

Cuando esto ocurre, se dice que no tienes masa o activos disponibles para pagar a los acreedores. En consecuencia, no se pueden llevar a cabo los procedimientos habituales de distribución de activos entre los acreedores para saldar tus deudas.

¿Pueden bloquearte tu cuenta corriente en el concurso sin masa?

No deberían. En el concurso sin masa se dicta una resolución, llamada auto de concurso, por la cual se abre tu procedimiento y, a la vez, se cierra el mismo por no existir bienes con los que hacer frente a las deudas. Esto supone una novedad que ha aportado la reforma de la Ley Concursal que tuvo lugar en septiembre de 2022, y que ha provocado que los procedimientos de Ley de Segunda Oportunidad sean mucho más rápidos.

En este tipo de procedimientos, salvo contadas excepciones, no se nombra administrador concursal y, por tanto, no se intervienen ni se suspenden las facultades patrimoniales del deudor.

Es precisamente por esto que, dado que tus facultades no han sido suspendidas (recordemos que no hay administrador concursal) NO PROCEDE EL DESBLOQUEO DE LA CUENTA BANCARIA por parte de los bancos.

¿Por qué hay casos en los que sí se producen los bloqueos? ¿Qué puede hacerse al respecto?

Si te han bloqueado la cuenta corriente sin que se haya dado este supuesto es porque las entidades bancarias tienen sistemas automáticos que les informan de las personas que entran en concurso de acreedores y sin autorización judicial te han bloqueado la cuenta.

Los bancos tienen el deber de que su operativa sea conforme a la legislación vigente, sin embargo, no se han adaptado correctamente la nueva normativa concursal.

Es por ello que, si te han bloqueado la cuenta, deberás dirigirte al banco, ya sea de manera presencial o telemática y solicitar que desbloqueen tu cuenta corriente indicándoles que te encuentras en un concurso sin masa en el que tus facultades patrimoniales no han sido suspendidas ni intervenidas. Si quieres saber cómo hacerlo, PINCHA AQUÍ y te enviaremos un modelo para que puedas dirigirte al banco y solicitar el desbloqueo de tu cuenta corriente.

Si quieres saber más información sobre la Ley de Segunda Oportunidad, no dudes en contactarnos y nuestro equipo te asesorará gratuitamente para que puedas empezar una nueva vida sin deudas.

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